Para que haya disminución o no cobro de la retención en la fuente en el 2019, Se debe entregar antes del 31 de Marzo de 2020 un oficio dirigido al Secretario de Educación o Talento Humano, donde se diga qué documentos anexa y para qué (disminución o no cobro de la Retención de la Fuente), esos documentos deben tener alguno de los siguientes requisitos de acuerdo a su situación: No obstante el plazo oficial para la entrega de estos documentos es el 15 de abril de cada año.
1. Pago de intereses de créditos de Vivienda por hipoteca; se debe anexar certificado original del banco o cooperativa o corporación que le hizo el crédito donde se especifique cuánto pagó de intereses durante el año 2019 (Recuerde que este valor no puede superar los 100UVT, lo que implica que el beneficio no puede superar e $3.427.000 pesos al mes en intereses pagados y de $41.124.000.oo al año.
2. Pago de medicina pre pagada; anexar certificado original de la entidad de salud donde se exprese cuánto pagó durante el año 2019 por este concepto, en este caso el tope mensual no puede superar las 16 UVT, lo que equivale a $548.320 pesos.
3. personas dependientes: Según la ley el asalariado podrá obtener una deducción hasta el 10% del total de los ingresos brutos, por tener dependientes. El tope de este beneficio es de 32 UVT, correspondiente a $1.096.640 al mes. Y pueden ser:
a) Cónyuge, Compañero o Compañera permanente: Anexar declaración extrajudicial de la dependencia económica y que no posee pensión, fotocopia de la cédula ampliada, registro de matrimonio o declaración juramentada que conviven por más de tres años.
b) Hijos menores de 18 años: Registro civil de parentesco, tarjeta de identidad.
c) Hijos mayores de 18 años: Registro civil de parentesco, tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía, declaración extrajudicial de la dependencia económica y certificado de estudios.
d) padres y/o hermanos discapacitados: Anexar declaración extrajudicial de la dependencia económica y que no posee pensión, fotocopia de la cédula ampliada, registro civil de parentesco; certificado original de contador público que no devenga más de 270 UVT, ($9.252.900), (para el caso de los hermanos discapacitados debe anexarse certificado médico de la discapacidad.
Recordar que la retención en la fuente se cobra cuando los ingresos durante un mes pasan determinado monto, en el caso del magisterio como los sueldos mensuales no sobrepasan los $4.538.914 pesos no lo hacen, es decir cuando les cancelan el sueldo y la prima. (Los compañeros directivos docentes deben revisar).
Igualmente cada docente debe analizar si vale la pena hacer la disminución de la base gravable de retención. Si la renta laboral es alta, es mejor que el aporte se pague en varias cuotas (como retefuente) y no como una suma onerosa, cuando haya que contribuir con el impuesto de renta, ahora que es con el sistema cedular.
El oficio para la solicitud es muy sencillo y no requiere de mucha cosa, lo importante son los anexos.
YOLIMA VARON MURGUEITIO
Contadora SUTET – SIMATOL
Celular: 316 8399885
contadora@simatol.com.co
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